La verdadera finalidad del empresario Héctor Albino Escobar Espínola al denunciar a los jueces Herminio Montiel, Lourdes Morínigo y Marino Méndez, ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, sería no pagar los 200 mil dólares americanos al exfutbolista Francisco «Paco» Esteche, a quien le había estafado.
En diciembre del año pasado, los referidos magistrados sentenciaron en un juicio oral a Escobar Espínola a 2 años con suspensión de la ejecución de la condena, con la obligación de devolver a la víctima el millonario monto.
El acusado realizó varias chicanas, con la intención de conseguir la prescripción de la causa, logrando la suspensión del juicio en 9 oportunidades. Incluso, los jueces de sentencia tuvieron que ordenar su detención, de conformidad al Artículo 367 del Código Procesal Penal (CPP) para que el juicio oral se lleve a cabo hasta su culminación.
Del mismo modo, el planteamiento de Escobar ante el Jurado tendría como objetivo presionar o amedrentar a los miembros de la Cámara de Apelaciones, a fin de que anulen la condena y así evitar el pago a Esteche, señalaron los jueces denunciados.
«El procesado Héctor Escobar evidentemente no quiere pagar su cuenta, que el mismo reconoció en pleno juicio oral. El exjugador de Olimpia, «Paco» Esteche, tenía como ahorro 200 mil dólares en un banco de los Estados Unidos y Escobar le pidió que le entregara ese dinero para hacerle trabajar con la promesa de producirle más ganancias que la entidad bancaria. La víctima le entregó de buena fe el dinero y Escobar no le devolvió la plata, ni las ganancias», expresó el juez Montiel.
Añadió que luego de varias insistencias y la negativa de Escobar, el exdeportista presentó la denuncia y se llegó al juicio oral. El Tribunal encontró todos los presupuestos necesarios para calificar el hecho punible como una estafa, hubo engaño y declaración falsa, en que cayó la víctima.
Según la sentencia dictada por los referidos magistrados, Escobar Espínola debía realizar el primer pago a “Paco” Esteche en la secretaría del Tribunal de Sentencia 3, y del cual se debería labrar el acta correspondiente.