Criterios dispares sobre medida otorgada a abogado golpeador

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El camarista Raul Insaurralde, miembro de la 1ra Sala Penal de la Cámara de Apelaciones, defendió ayer el auto interlocutorio firmado con sus colegas Efrén Giménez y Marta Acosta. El mismo manifestó que la eximición de la medida cautelar se da en casos tipificados como delitos y que es para que el encausado pueda someterse a la Justicia. Fue al referirse al caso del abogado Walter Acosta, quien había golpeado a una funcionaria del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización.


Este jueves se tendría la audiencia de imposición de medidas, en el caso. Mientras que el Senado asumió ayer una denuncia por mal desempeño contra los tres camaristas, durante la sesión. Mientras que 4 abogados presentaron querrella adhesiva contra Acosta en representación de la ingeniera Lourdes Sosa.

Insaurralde señaló que los abogados que cuestionan la resolución son los que tuvieron reveses en la Sala Penal que integra. En las redes sociales la indignación no se hizo esperar por la decisión del Tribunal de Alzada, incluso funcionarios del INTN se manifestaron ayer en la capital del país.

Sin embargo, entre abogados también hay criticas dispares, ya que algunos como el conocido abogado penalista Derlis Martínez sostiene que está ajustado a derecho la disposición, así como el abogado y exfiscal Luís Alberto Jiménez.

Martínez opinó sobre la legalidad del fallo judicial que le concedió la eximición de la detención preventiva. A pesar de la indignación social por la agresión, argumentó que la decisión del Tribunal de Apelaciones está basada en el derecho y no debe interpretarse como un acto de impunidad o debilidad del sistema judicial.

El autor subraya que la detención y la prisión preventivas no son penas, sino medidas cautelares cuyo objetivo es garantizar que el imputado se presente al proceso.

La eximición de medida cautelar, en este caso, permitiría al abogado presentarse de manera voluntaria ante el juez, sin estar privado de libertad, aunque el juez pueda imponer otras medidas cautelares o incluso prisión preventiva en una audiencia posterior. Asimismo, el texto apela a la importancia de mantener la objetividad y el juicio crítico, recordando que el imputado tiene derecho al debido proceso, independientemente de las emociones generadas por el caso.

Mientras que, el penalista Duarte Cacavelos resaltó que, según la normativa, una persona declarada en rebeldía no puede litigar ni presentar recursos, ya que debe primero presentarse ante la justicia. En su opinión, es inadmisible que Acosta haya tramitado un recurso mientras se encontraba en «clandestinidad». Además, destacó otro error de los magistrados al resolver el caso sin convocar a una audiencia de imposición de medidas, lo que para él es un grave incumplimiento de procedimiento.

El abogado explicó que, en caso de que la cámara de apelaciones considerara que la rebeldía fue incorrecta, debería haber revocado la rebeldía, pero no eximir a Acosta de las medidas cautelares. Según él, esta decisión de no imponer medidas cautelares deja claro que Acosta no tiene ningún incentivo para someterse al proceso judicial, a pesar de la evidencia del hecho.

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