9 años de encierro por violento asalto

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Un Tribunal de Sentencia presidido por el juez Herminio Montiel y conformado por Zunilda Martínez y Marino Méndez, condenaron a 9 años de cárcel a dos acusados por robo agravado y tentativa de homicidio. Se trata de Eliceo Cañete Acosta y Nelson David Ferreira González. El debate público se realizó este jueves 20 de febrero.

La fiscal Viviana Sánchez representó al Ministerio Público y logró probar la responsabilidad de los citados en el robo agravado, no así en el segundo hecho punible mencionado, pues del atraco habría participado una tercera persona que se menciona en el parte policial y en la investigación fiscal, sin embargo, éste nunca fue individualizado. Durante el juicio oral, los testigos declararon también que hubo un tercer implicado en el caso.

Conforme con los antecedentes, el hecho ocurrió el hecho sucedió el 23 de mayo de 2017, a las 19:30 horas aproximadamente, en una calle vecinal de la Fracción Yeruti, km 7,5 Monday de Presidente Franco. En esa oportunidad, Eliceo Cañete conducía una motocicleta, de la marca Leopard, modelo HT 200, de color negro, acompañado de Nelson Ferreira.

La Fiscalía sostuvo, que en la hora señalada, interceptaron a las víctimas, Luis David Otazú Zarza y Diego Daniel Ojeda López, quienes se encontraban conversando en la vía pública. Allí, llegaron los hoy condenados y fue Nelson David quien descendió rápidamente del biciclo con un arma de fuego en mano, intimando a los afectados a la entrega de todas sus pertenencias.

Agrega el relato, que Diego Daniel accedió al pedido de los delincuentes, mientras que Luis David opuso resistencia e intentó correr, momento en que Nelson Ferreira efectuó tres disparos, de los cuales dos proyectiles impactaron contra Luis Otazú. Al visualizar a su cómplice tendido en el suelo, Nelson Ferreira abordó la moto y escapó. Sin embargo, gracias a la rápida actuación policial, terminaron detenidos pocos minutos después de haber cometido el atraco.

El Tribunal de Sentencia concluyó que la conducta de los acusados se subsume en el artículo 167 del Código Penal, inciso 1, artículo 26 y 29, inciso 1 del mismo cuerpo legal. Con relación al homicidio en grado de tentativa, no existieron suficientes elementos probatorios que demuestren la responsabilidad de los hoy sentenciados.

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